Luxemburgo estima que los avales altruistas no son “validos”

Se observó cómo el 14 de septiembre pasado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea consiguió solucionar como excesivo el aval brindado por algunos entes físicos en cuanto al crédito dado por una presencia financiera a un grupo mercantil en donde esas personas actuaron con un objetivo ajeno a las tareas profesional y que carezcan de enlaces profesionales en la sociedad.

Luxemburgo logro solucionar la relación sobre el caso en donde un avalista del grupo mercantil, sin embargo, hay que interpretar lo que se emplee en la totalidad de esos avalistas altruistas, esos que aval sin interesarse; en ese sentido el aval sería excesivo, menciona Luxemburgo, y, por ende, nulo”, dice Juan Ignacio Navas quien es socio-director de Navas & Cusí, despacho especialista en el derecho bancario, financiero y comunitario.

Por lo que toda sentencia posee una gran trascendencia ya que en una masa de créditos hipotecarios toda entidad ha pedido avales, que en la generalidad de los casos suelen ser ‘altruistas’. “El primo, el hermano, el amigo, personas donde permanece un vínculo de afectividad, pero no de interés”, señala Navas.

Hasta los hijos. El profesional señala que Navas & Cusí consiguió el pasado mes de julio la completa nulidad en avales de unas hijas en cuanto a la hipoteca multidivisa de los padres en un juzgado número 3 de Igualada (Barcelona). Algo más reciente, es que el juzgado de lo mercantil número 1 de Palma en Mallorca anuló el aval de impuesto por toda entidad de padres y en la hipoteca de su hija por ser impuesto de forma unilateral.

Asimismo, existen diversos casos dentro del ámbito mercantil. “Nosotros poseemos actualmente el caso de un trabajador el cual avaló 10 pólizas de crédito de su empresa. ¿Hay un vínculo de interés? Especialmente al conservar todo puesto de trabajo”, dice Navas.

Es donde el profesional piensa que es “muy transcendente” esa sentencia de Luxemburgo que colocaría la tela de juicio de la totalidad de avales altruistas. “Carga una lógica que el avalista que no consigue nada avalando y tampoco sale perjudicado en el sentido de tener complicaciones en crédito. Así lo comprende Luxemburgo y así se va a cuidar los tribunales nacionales”, señaló el socio-director de Navas & Cusí.