Supremo niega a Junqueras y a los diputados presos asistir al Parlamento

Junqueras.

Supremo niega a Junqueras y a los diputados presos asistir al Parlamento, de esta forma, el juez del Tribunal Supremo; Pablo Llarena. Ha denegado este viernes a Oriol Junqueras su traslado a una cárcel de Cataluña sin perjuicio de que tal petición pueda ser cursada a la autoridad penitenciaria correspondiente. El magistrado acuerda que por el Parlamento de Cataluña se habiliten los instrumentos precisos para que Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sànchez; puedan acceder a su condición de diputados reglamentariamente establecidos.

Asimismo, en su auto, Llarena declara la incapacidad legal prolongada de estos tres investigados para cumplir; el deber de asistir a los debates y votaciones del Pleno, por lo que si los investigados lo solicitaran; corresponde a la Mesa del Parlamento arbitrar el procedimiento para que deleguen sus votos en otro diputado mientras se mantiene su situación de prisión provisional.

“Es evidente que no procede la suspensión de los derechos de representación de un parlamentario preso que no ha sido procesado; pero lo que se suscita es si en el estado procesal actual puede fijarse una restricción a su derecho de representación de menor rigor que la suspensión, o bien, por el contrario; debe desactivarse la operatividad de la medida cautelar de prisión cada vez que esta perturbe sus funciones de representación; tal y como su defensa reclama”, señala el instructor.

Supremo niega a Junqueras y a los diputados

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En este sentido, Llarena recuerda que la finalidad constitucional que justifico la adopción de su prisión provisional; no fue otra que “evitar el riesgo de una reiteración delictiva que venía marcada, precisamente; por el mantenimiento de las funciones de representación que detentaba el investigado cuando se perpetraron los hechos que se investigan; y por la posibilidad de que su liderazgo volviera a manifestarse con movilizaciones ciudadanas colectivas violentas”.

En este sentido, a su juicio, excarcelarlos implicaría que la medida cautelar perdiera su sentido “si los investigados; ejercieran su representación política recientemente adquirida, mediante la excarcelación” solicitada.

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