Condenan a tuitero a 1 año y medio de cárcel por vejación a afectados del terrorismo

Condenan a tuitero a 1 año y medio de cárcel por vejación a afectados del terrorismo

Desde el TS condenan a tuitero llamado Tomás S.M, a un año y medio de cárcel; por el delito de humillación a víctima del terrorismo. el hombre difundió en su cuenta twitter un mensaje vejatorio contra Pilar Manjón, madre de una  victima del 11M; y expresidenta de la asociación 11M Afectados del terrorismo. Además el condenado deberá indemnizar a la agraviada con 6.000 euros.

El Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que probó, que en mayo de 2014 Tomás S.M.; desde el perfil de Twitter “ARRIBA-AE ¡ARRIBA ESPAÑA”, del que era administrador con 6056 seguidores; “a sabiendas de que con ello ofendía gravemente y ocasionaba una pública humillación a doña Pilar Manjón Gutiérrez; en su calidad de víctima del terrorismo. Difundió los siguientes mensajes: “A Pilar Manjón le tocó la lotería cuando reventaron al hijo. Menuda puta”. “Imagino que el padre del hijo de la Manjón no dice nada porque no se sabe quién es…”. “Me alegra saber que pese a tu problema ortográfico apoyas a la puta prototerrorista de Manjón”.

Los alegatos del condenado quien recurrió al Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional; decían que no había quedado demostrado que él fuese el autor de los mensajes enviados desde las cuentas “@ARRIBA-AE”. O “En Estado de guerra” o del perfil de Facebook “@Blas de Lezo”; señalando que no tiene ninguna relación con esas cuentas. Añadía que tampoco se había podido que el IP; huella digital que deja el envío de una información mediante internet, tuviese relación con él.

Tribunal Supremo desestimó los alegatos y condenan a tuitero confirmando el delito de  humillación a víctima del terrorismo.

Condenan a tuitero a 1 año y medio de cárcel por vejación a afectados del terrorismo

Al repasar el Supremo los datos incriminatorios objetivos y verificables valorados por la Audiencia Nacional para vincular esas cuentas con el acusado; concluye que se ajustan a las reglas de la lógica y a las máximas de la experiencia frente a la tesis exculpatoria de Tomás S.M.

Además el acusado nunca reacciono en contra, ni menciono que era incierto el hecho de que otras personas antes de la difusión de los mensajes; le asociaran como administrador de los perfiles en cuestión.

En lo que se refiere al contenido humillante y vejatorio de las frases publicadas por el acusado con respecto a Pilar Manjón. La Sala explica que él mismo y su defensa; admitieron en el juicio que albergaban un contenido de incuestionable menosprecio y humillación; para una persona que ha sufrido de forma muy directa los efectos del terrorismo a través del atentado perpetrado en Madrid el 11 de marzo de 2004 contra la vida de su hijo.

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