¡Mucha atención con las faltas y sanciones laborales!

lo que debemos saber sobre la sanciones laborales

Probablemente existe un elemento principal que distingue a la humanidad civilizada a la que vivía en las cavernas y no es precisamente la tecnología o la forma de vida como tal, sino la imposición de reglas y normativas que hacen que podamos vivir en paz, lejos de todo conflicto. 

Al menos, así lo plantea Thomas Malthus en su libro El Leviatán, donde el “hombre” renunció a su total libertad para evitar que sus instintos animales le dominen y destruyan. Entonces, se puede decir que gran parte de la civilización actual está sustentada en la aplicación de leyes que controlan el orden y la estabilidad social-económica. Para ello, se empezaron a aplicar ciertas multas, penas y sanciones para reprender a cualquiera que intentase violentar las normas de la sociedad.

Se tiene registros que, los romanos que fueron los primeros en imponer las primeras sanciones a ciudadanos por violentar una disposición sagrada. Hoy en día, tiene una repercusión meramente social, más que espiritual como el pasado y son impuestas por una autoridad pública o privada, a todas aquellas personas que hayan roto o incumplido una regla o norma de conducta obligatoria.

En este artículo, queremos hablarte específicamente de las multas y sanciones laborales, desde de qué son, cómo se aplican y cómo podemos evitarlas. 

¿Qué son sanciones laborales?

Las sanciones laborales como su nombre lo indica, son acciones represivas hacia una trabajador que infringió una norma o regla de la organización. Es importante tener en cuenta que, cuando un colaborador firma un contrato de relación laboral, este queda a disposición del empleador, por lo que está en la obligación de cumplir una serie de instrucciones y mandatos (hasta cierto punto, claro está). 

En ese sentido, cuando el trabajador por alguna razón incumple con las normas y deberes como empleado, la empresa o empleador, tienen la potestad disciplinaria de imponerle las sanciones que considere necesaria para cada situación en específica. Es decir, la gravedad de la sanciones laborales dependerán de los factores que le hicieron cometer dicha falta.

Además, se toma en cuenta su frecuencia, las consecuencias para la empresa y todo su aparato productivo, desde su capital, recurso humano, integridad e imagen. Así como también, el cargo ocupado por el trabador, es de considerar al momento de la falta que se vaya a imputar. 

Las multas y sanciones laborales están reguladas en el artículo #58 del Estatuto de los Trabajadores. En función del tipo de falta, la imposición de la sanción será de mayor a menor grado. Las faltas pueden ser; leves, graves y muy graves. En caso de que se considere que la sanción deba ser grave o muy grave, esta tendrá que ser enviada por escrito al trabajador, donde se expondrán detallada los hechos, la penalidad y la fecha de la misma. 

Es importante para cada trabajador o empleador, conocer sus derechos y deberes, para de esta manera poder evitar cualquier sanción o incumplimiento de las normas internas de la empresa. Es por ello que, es totalmente recomendable tomar un curso asesoría laboral de EPAE.

Graduación de las faltas en el trabajo

Comentábamos que, a razón de la gravedad de la falta de cometida, la sanción irá en concordancia con la misma, eso sí, tomando otros factores como la habitualidad y lo reiterativo. Sin embargo, es de considerar que sea cual sea la falta, no se podrán imponer multas o sanciones que minoricen los derechos de descanso del trabajador, ni tampoco en multas de dinero. 

Así como también, es importante tener en cuenta que al momento de imponer una sanción por falta muy grave, esta debe ser inmediatamente notificada a los representantes de los trabajadores, claro en caso de que hubiere. 

Conozcamos entonces, un resumen de los tipos de faltas laborales:

1. Faltas leves

  • Impuntualidad no justificada o salida del trabajo de la hora estipulada, hasta en tres ocasiones por mes y que el rango de tolerancia no sea mayor a 20 min
  • Inasistencia no justificada en una ocasión, durante un mes 
  • No comunicar una inasistencia por causa justificada, a menos que se pueda probar la imposibilidad
  • Abandono del trabajo de manera injustificada por breves periodos de tiempo. Eso sí, será leve la falta siempre y cuando no haya puesto en riesgo la integridad de la empresa (trabajadores, bienes e imagen) 
  • Mal trato o falta de atención al público, pero que no perjudiquen de manera grave la imagen de la organización
  • Daños o deterioro leves a bienes empresariales 
  • Ingresar en estado de embriaguez (no habitual) 

2. Faltas graves

faltas y sanciones graves
La impuntualidad es uno de las faltas laborales más comunes en el mundo.
  • Impuntualidad no justificada o salida antes de lo habitual, en 3 ocasiones por mes en un rango no mayor a 60 min
  • De 2 a 4 faltas no justificadas al trabajo en un periodo de 30 días
  • Uso de información alterada o evasión de datos que puedan tener efectos en la Seguridad Social
  • Faltas por enfermedad o accidente simulada
  • No acatar deliberadamente las órdenes e instrucciones en el trabajo, tanto de higiene como de seguridad laboral pero que no representen un perjuicio grave a la empresa o a los demás trabajadores 
  • No comunicar desperfectos o mal funcionamiento en los bienes de la empresa
  • Competencia desleal (trabajos particulares en horario laboral) o uso de bienes de la organización no autorizados
  • Uso de información privilegiada que no produzca un perjuicio grave para la empresa
  • Estado de embriaguez reiterativa en horario laboral
  • Disminución en el rendimiento normal del trabajo o ejecución deficiente de las actividades encomendadas
  • Reincidencia de 5 faltas graves que sean de distinta naturaleza 

3. Faltas muy graves

  • Acoso sexual
  • Faltas no justificadas durante 3 días consecutivos o 5 días alternos en un tiempo no mayor a un mes
  • Robo, fraude o apropiación de bienes y propiedades de la empresa o de compañeros de trabajo
  • Baja por enfermedad o accidente simulada 
  • Difusión de información privada de la empresa que pueda poner en grave peligro la integridad de la empresa
  • Estado de embriaguez de manera habitual y que perjudique al entorno laboral y a la imagen de la organización
  • Abuso de autoridad
  • Actividades reiterativas de competencia desleal 
  • Rechazo al uso de los elementos de protección e higiene laboral, debidamente advertidas

¿Cuáles pueden ser las sanciones laborales?

De acuerdo a lo anterior expuesto, las sanciones pueden ser leves, graves o muy graves. A continuación, las posibles sanciones:

  • Leves: amonestación verbal o escrita, suspensión de empleo y sueldo de máximo 2 días
  • Graves: suspensión de empleo y de sueldo, con periodos de 3 a 14 días como máximo
  • Muy graves: suspensión de sueldo de hasta un mes, traslado de sede por un año y despido disciplinario en el peor de los casos  

Es importante destacar que, el trabajador o trabajadora tienen derecho a impugnar la sanción impuesta, dentro de los veinte días hábiles siguientes. Para ello, se debe presentar una papeleta de conciliación laboral y posteriormente la demanda. Luego de ello, el empleador deberá demostrar con pruebas que certifiquen que dicha sanción laboral está en total cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 del Estatuto de Trabajadores. 

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