Lo que debemos saber sobre los delitos contra la intimidad

delitos contra la intimidad

La intimidad es uno de los principales derechos de la humanidad. Toda persona tiene el derecho de desarrollar su vida privada individual, el honor, la familia y el domicilio, no pueden ser atentados por nadie y bajo ningún concepto. Desafortunadamente, estamos en una Era donde la intimidad de las personas es fácilmente vulnerable. Las nuevas tecnologías y algunas costumbres actuales pueden socavar de cierta manera la privacidad de las personas.

El uso del Internet, las redes sociales y los teléfonos móviles, han sido causantes de mucha filtración de información personal. Ya sea conversaciones privadas, información de personal (dirección de domicilio o de trabajo, fecha de nacimiento, número de teléfono, etc.), así como elementos mucho más privados, como es el caso de fotos o vídeos íntimos, donde no solo se vulnera la privacidad de las personas, sino también se irrespeta su honor. Por ello, despachos de abogado como FHAbogados están trabajando arduamente para afrontar este tipo de situaciones y castigar a los responsables de tales delitos. 

Los delitos contra la intimidad son posiblemente, uno de los más frecuentes en los últimos tiempos. No solo en nuestro país, sino en la sociedad actual que está haciendo un muy mal uso de las tecnologías y de las plataformas digitales, perjudicando a terceros a través de la posición y difusión de información íntima.

Lo peor de todo es que muchas personas afectadas no saben cómo defenderse ante esta situación. En este sentido, hemos preparado este artículo para mostrarte todo lo que debes saber sobre los delitos contra la intimidad, de manera que sepas actuar con prontitud y penar severamente a cualquiera que pueda perjudicarla. 

¿Qué es el derecho a la intimidad? 

De acuerdo al diccionario Jurídico Español, el derecho a la intimidad es la capacidad de todo individuo de disfrutar de un ámbito propio y reservado, donde pueda desarrollar su vida personal y familiar, de manera plena, libre y sin la intromisión de terceros, sin autorización previa de la persona. 

Los aspectos más importantes del derecho a la intimidad son:

  • El derecho a la intimidad personal, familiar, a respetar el honor y la propia imagen, sin que ninguna otra persona atente contra ello.
  • Derecho a un domicilio inviolable, donde solo tendrán acceso los tercero bajo autorización de los inquilinos o de manera judicial.
  • Las conversaciones y comunicaciones son privadas, por lo que nadie tiene el derecho de interceptarlas y mucho menos replicarlas. 

¿Cuáles son los delitos contra la intimidad? 

Los delitos contra la intimidad son aquellos actos que invaden de alguna manera la privacidad de un tercero, bien sea por el uso de información personal, apoderamiento, modificación y revelación de datos, comunicaciones e imágenes, violando el derecho a la intimidad. Este tipo de hechos reciben una infracción penal, que variará en función de la gravedad de los hechos.

Es importante señalar que, solo con descubrir un secreto de una persona ya estamos vulnerando la intimidad de la persona afectada, lo que puede considerarse ya un delito, sin importar si dicha información es difundida o no posteriormente. Evidentemente, el delito de enterarse del secreto no es tan grave como la revelación de los mismos. 

Estos delitos son regulados en el Título X sobre “delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad de domicilio”, del Código Penal, en el Capítulo I “del descubrimiento y revelación de secretos”, en los artículos 197 al 201. 

¿Cuáles son las penas de los delitos contra la intimidad?

Dependiendo del tipo de delito contra la intimidad, y de la gravedad del mismo se dictarán las penas. A continuación, los distintos tipos de delitos y las penas correspondientes: 

  • Delito por descubrimiento y revelación de secretos: este tipo de delitos se encuentran recogidos en el artículo 197 de Código Penal, para castigar a quienes se apoderen de cartas, mensajes u otros documentos, así como también la intercepción de comunicaciones, descubrir secretos y vulnerar la intimidad de una persona sin su consentimiento. Para estos delitos se pueden establecer penas que van desde 1 a 4 años de prisión y multa de uno a dos años. 
  • Delito por difusión, revelación y cesión de secretos a terceros: de acuerdo al código penal en el artículo 197.3, se pueden conseguir de dos hasta 5 años de prisión a quienes difundan, revelen o ceda información a terceros de otra persona. Por otro lado, para quienes participen en la difusión, aunque no hayan participado en el hecho pueden recibir de uno a tres años de prisión y multa de uno a dos años. No obstante, para quién pueda probar que la información que reveló, no era de su conocimiento que era secreta o privada, no recibirá pena alguna. 
  • Delitos contra la intimidad agravados: a las conductas especialmente graves, donde se realice el descubrimiento y revelación de información mucho más sensible, donde los autores del delito sean encargado de registros o soportes informáticos, que afecten a datos sensibles necesitados de especial protección, como por ejemplo, ideología, religión, creencias, salud, orientación sexual y origen racial. Así como, se los secretos revelados afectan a menores de edad o a personas con discapacidad y que además, el responsable se haya lucrado en el acto, recibirán penas de 3 a 5 años. 
  • Difusión de imágenes obtenidas con consentimiento: la ley indica que para las personas que revelen sin autorización grabaciones o imágenes de índole privada, sin importar que hayan sido obtenidas con consentimiento recibirán una pena de hasta un año o multa de hasta 12 meses. 

¿Qué hacer si eres víctima de un delito contra la intimidad? 

La principal forma de defendernos ante los delitos contra la intimidad es conociendo nuestros derechos y deberes. Es importante saber reconocer en qué momento nuestra privacidad e intimidad está siendo violentada y que tenemos la posibilidad de defendernos, haciendo respetar nuestros derechos personales.

De cualquier forma, la manera más efectiva siempre será acudir a un especialista que brinde la asesoría pertinente sobre cómo actuar ante tales situaciones y hacer caer a quién haya vulnerado nuestro derecho a la intimidad. 

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