Lo que debemos saber sobre el derecho de sucesión hereditaria

derecho de sucesión hereditaria
El derecho de sucesión hereditaria, es una de las ramas del derecho más antiguas de la historia de la sociedad. Foto / Frepik.es

En anteriores oportunidades hablamos de la complejidad de los asuntos hereditarios y de la necesidad de contar con un profesional de confianza que nos asesore y nos guíe durante estos duros momentos. Sin embargo, no ahondamos mucho en lo que se refiere al derecho de sucesión hereditaria, una de las ramas del derecho más antiguas de la historia de la sociedad.

Las herencias y las sucesiones han estado en la sociedad desde el inicio de los tiempos, incluso desde mucho antes de que la humanidad fuera considerada una civilización. Allá en aquellos tiempos donde se empezó una forma de gobiernos totalitaria y monárquica, ya los hijos, por línea de sucesión eran los herederos tanto de padres como de madres, bien sea para ejercer cargos políticos, para hacerse cargo de bienes y propiedades, por muy pequeña que esta fuera, e incluso en algunos casos para asumir penas y deudas de sus progenitores.

El hecho es que, las herencias viven en nosotros desde hace mucho tiempo, siendo un sistema jurídico bastante discutido, donde difieren las reglas del mismo en función a la sociedad y a la legislación correspondiente de cada país.

¿Qué es el derecho de sucesión hereditaria?

derecho hereditario
El Derecho hereditario ha estado en la sociedad desde mucho antes de que la humanidad fuera considerada una civilización.

Cuando hablamos de derecho de sucesión hereditaria o simplemente derecho hereditario, nos referimos a todas las legislaciones y regulaciones correspondientes a los efectos del fallecimiento de una persona o sucesión mortis causa. En la cual se determinan las titularidades de los bienes y pasivos que tiene una persona después de su muerte.

Como bien mencionamos, el derecho hereditario es uno de los más antiguos de la sociedad, y en función a cada país o reglamento interno, las normativas y lineamentos son distintos. Sin embargo, en la mayoría de los casos se contempla lo siguiente:

  • El destino de los bienes
  • En caso de testamento, la validez del mismo
  • Tramitaciones necesarias para recibir una herencia

En el caso del Derecho sucesorio en España, de acuerdo al código Civil en los artículos 657 a 1087, se estipula lo siguiente:

  • Algunos parientes en línea recta (bien sea ascendientes y descendientes) y el cónyuge tienen también derecho a recibir al menos dos tercios de la herencia del fallecido, sin importar que esté o no en la voluntad del causante. Ya que estos se consideran legítima. La Legítima se divide en: legítima estricta y mejora.
  • El cónyuge superviviente, por ley tiene el derecho mínimo al usufructo del tercio de mejora
  • El tercio de libre disposición, el causante lo puede legar a quien desee. En este caso, existe libertad de disposición mortis causa, para decidir por sus bienes y posiciones, como le parezca.
  • En caso de que no exista un testamento, se toman las normas dispuestas en el Código Civil y los parientes que señale la sucesión

Como vemos, los temas de derecho de sucesión hereditaria suelen ser complejos, por lo que siempre es recomendable asesorarnos con un profesional especialista. En este bufete de abogados especialistas en herencias, podrás encontrar especialistas que te guiarán en estos momentos tan complicados.

¿Quiénes intervienen en un proceso de sucesión?

Hemos repetido que, en cada país o normativa vigente, existen diferentes lineamentos para llevar a cabo un proceso de herencia. No obstante, las personas que intervienen en la misma suelen ser los mismos, lo que variará será la disposición final de la herencia.

  1. El causante: se trata de la persona que hereda su patrimonio a partir de su fallecimiento. En algunos casos, la herencia puede ser antes de la muerte.
  2. Testador: es el abogado especialista que dicta testimonio al testamento realizado por el causante. Por obvias razones, esta persona no es involucrada en los casos que no hay un testamento de por medio.
  3. El heredero: es el o las personas que reciben el patrimonio otorgado por el causante
  4. Legatario: es una persona que es delegada por el causante para recibir ciertos bienes individuales, más no una cuota de la herencia
  5. Albacea: es una persona delegada por un notario o un juez, para custodiar los bienes del causante, para luego cumplir la última voluntad del mismo

Por otro lado, en caso de que no exista un testamento, existe un orden sucesorio que dicta la ley:

  • Hijos y descendientes directos
  • Padres y ascendientes
  • El y la cónyuge
  • Hermanos y sobrinos
  • Parientes con al menos el cuarto grado de consanguinidad
  • El Estado

A falta de un heredero directo o algún familiar consanguíneo de cuarto grado, la herencia será tomada por el Estado. Es por ello que, es totalmente recomendable realizar un testamento con debida anticipación. Es importante mencionar que, tal documento se puede realizar en cualquier momento de la vida de una persona, sin importar la cantidad de propiedades que posea. De esta manera, en el caso de una eventual y lamentable muerte, pueda existir una repartición de bienes, tal y como dicta la voluntad de la persona.

Como hemos visto, el derecho de sucesión hereditaria es algo que debemos tomar muy en serio, ya que, no solo se trata de heredar unos bienes, sino de hacer cumplir la voluntad de una persona, después de su fallecimiento. Un asesoramiento con especialistas, nos podrá dar una mejor idea de lo que debemos hacer en todos estos casos.

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