Rechazada querella del presidente de la Generalitat, Quim Torra por prevaricación.

Rechazada querella del presidente de la Generalitat, Quim Torra por prevaricación.

Rechazada querella del presidente de la Generalitat, Quim Torra, contra Mariano Rajoy y Sáenz de Santamaría  por prevaricación. Este lunes la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella por prevaricación. Presentada por el presidente de la Generalitat contra el expresidente Mariano Rajoy y la exvicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría.

Por no haber autorizado la publicación en el diario oficial de la Generalitat del Decreto, de 19 de mayo de 2018. Con respecto al nombramiento del vicepresidente y los consellers del Gobierno catalán. El Supremo archiva la querella por no ser los hechos constitutivos de delito alguno.

“Los hechos descritos en la querella no sustentan la comisión de ilícito penal alguno. Particularmente las actuaciones que en ella se narran y que se imputan a aquellos (los dos aforados). No permiten inferir, siquiera indiciariamente, la comisión por parte de las personas contra las que se dirige esta querella. Algún delito tipificado como de prevaricación administrativa por omisión”.

Posición de la fiscalía ante la Rechazada querella.

Rechazada querella del presidente de la Generalitat, Quim Torra por prevaricación.

La Fiscalía, que reclamó el archivo de la querella alegando que las facultades conferidas en virtud del artículo 155 de la Constitución al Gobierno de la nación “implican otorgarle la realización de un juicio de valor acerca de si la resolución de la Generalitat que se analiza es contraria a dicho ordenamiento, y si ello así se considera, puede y debe oponerse a la publicación de dicha resolución”.

Cabe destacar que dicho artículo, 155 de la Constitución. Fue en su momento el arma legal utilizada por el ex presidente de Gobierno Español, Mariano Rajoy. Debemos recordar que ha sido con la aprobación y apoyo del senado y buena parte de los diputados a nivel Nacional. En torno a la intervención de instituciones Catalanas luego de la declaración de independencia.

Igualmente la Fiscalía descartó que pueda considerarse injusto o arbitrario la denegación de publicar el Decreto de nombramiento de personas que se hallan en situación de prisión provisional o que estén huidos de la justicia.

También le puede interesar:

Método de comprobación del valor real de inmuebles