Lo que debemos saber sobre las reparaciones obligatorias en las comunidades de vecinos

reparaciones urgentes en comunidad de vecinos

Cada día es más común que los españoles vivíamos en una comunidad o bloque de vecinos. De hecho, según estadísticas, el 85% de los ciudadanos españoles viven en un régimen de comunidad de propietarios. Dentro de estas comunidades hay una serie de normas de convivencia que permiten que todos los integrantes, puedan sentirse cómodos y en un lugar donde respeten sus derechos como ciudadanos. 

Entre esas normas de convivencia podemos mencionar; cuidado y mantenimiento de las zonas comunes, cumplir con una cuota comunitaria, respetar el horario de descansos de las demás personas que vivan en dicha comunidad, y por supuesto, velar por el cuidado de la integridad de los bienes de la comunidad. 

Además de estas normas, también existen algunas leyes, especialmente aquellos que viven en bloques de vecinos. Dichas leyes están contempladas en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal. Quizás uno de los reglamentos que más controversia ha generado es el tema de las reparaciones obligatorias en la comunidad vecinal. Se trata de una normativa, que busca mantener los servicios y las zonas comunes de la comunidad en perfectas condiciones. 

En este artículo queremos explicar todo lo que se debe saber sobre las reparaciones obligatorias en la comunidad vecinal. Intentaremos explicar cuáles son dichas reparaciones obligatorias o urgentes, quiénes pueden solicitarlas, así como cualquier otro elemento relacionado. 

¿Cuáles son las reparaciones obligatorias en la comunidad?

Las reparaciones obligatorias en comunidades de vecinos, son aquellas averías que presenten algunos elementos dentro de las áreas comunes que, debido a su importancia para la seguridad o el bienestar de los vecinos, deba ser reparada de manera inmediata. En caso de hacer omisión a estas se podrá en riesgo de causar perjuicios graves a todos los habitantes 

 Para entender mejor cuáles son las urgencias que requieren reparación inmediata, hemos recopilado una pequeña lista con dichas averías:

  • Averías en el sistema de energía eléctrica: bien sea porque por condiciones de poco mantenimiento o antigüedad, o por vandalismo haya afectado la integridad de los alambrados públicos. 
  • Sistema de seguridad interno de la comunidad: cámaras de seguridad, toma a tierra del pararrayos, muros de carga o alumbrado de la comunidad.
  • Servicio de agua: en caso de rotura de tuberías, explosión o obstrucción de cañerías. 

¿Cómo se actúa en caso de una reparación obligatoria? 

En artículos anteriores, hemos hablado que el administrador de fincas debe coordinar reuniones en caso de una necesidad de toma de decisiones. Sin embargo, en estos casos la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), específicamente en el artículo 20, está plasmado que no es necesario una reunión extraordinaria de la junta de vecinos para aprobar este tipo de reparaciones. 

El administrador de fincas es quien está en total facultad de hacerse con los servicios con un profesional o con una empresa que permita hacer frente a la vicisitud lo antes posible, con el fin de evitar cualquier mal mayor. En estos casos, sólo debe comunicárselo al presidente y a los vecinos o propietarios. Asimismo, en la misma Ley encontramos que ningún vecino puede hacer parte de manera autoritaria de las decisiones sobre la actuación ante estos sinestros, sino que es solo el administrador o el presidente de la junta vecinal quienes pueden decidir. 

Dicho de otro modo, la LPH da potestad a los encargados de realizar todas estas obras que son necesarias para la comunidad, sin necesidad de llegar a un acuerdo previo en la justa vecinal. Estos trabajos deben ir direccionados al mantenimiento adecuado y al cumplimiento de la conservación del inmueble y todos los mobiliarios que formen parte de la comunidad. La idea fundamental es velar por el cumplimiento de los principios básicos de habitabilidad y accesibilidad universal. 

¿Qué se debe cuándo los encargados no solicitan las reparaciones urgentes correspondientes?

En ciertos casos los vecinos reportan los inconvenientes con el inmueble, sin embargo, nadie hace nada por programar la reparación. Si bien es cierto, el artículo 7.1 no permite que los vecinos tomen decisiones para solicitar reparaciones urgentes, pero tampoco impide que el propietario sea quien ejecute las obras. Solo esto es posible, en los siguientes casos:

  • El afectado tiene molestias directas sobre la situación y la situación puede verse agravado con el tiempo
  • El vecino debe comunicar su decisión ante la comunidad
  • Cuando los encargados no actúan de manera inmediata durante un período determinado. 

Solo ante esas situaciones, el vecino afectado puede tener la opción de tomar la decisión de solicitar la reparación y además, puede derivar sus costes a la comunidad. Es decir, si se trata de solucionar un problema urgente, puede posteriormente remitir la factura a la comunidad. 

Las reparaciones obligatorias en la comunidad son una garantía para mantener en el mejor estado posible las áreas comunes o la seguridad del inmueble. Como vimos, dichas reparaciones pueden ser iniciadas por el administrador de fincas, el presidente y en el último caso, el propietario más afectado por el problema.