Supremo rechaza unánimemente recusaciones contra magistrados que enjuiciaran causa del próces

El Tribunal Supremo rechaza unánimemente recusar a los magistrados de la sala Penal. A través de  la llamada “Sala del 61” del Tribunal Supremo; (regulada en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Las mencionadas recusaciones habían sido  planteadas por once de los procesados en la causa abierta por el proceso secesionista de Cataluña; en contra cinco de los magistrados de la Sala de lo Penal del alto tribunal que integran la sala de enjuiciamiento de este caso.

Cabe destacar que el instructor del expediente de recusación en contra de los magistrados, Vicente Magro; la semana pasada remitio dicho expediente a la sala 61 para su resolución. Esto al no presentarse prueba por las partes, salvo la documental adjuntada al expediente.

Un hecho controversial ha sido que cinco de los procesados habían planteado una recusación en contra el mismo como instructor del expediente. El juez explica que dicha recusación carece de base jurídica y fáctica; y argumenta que no puede admitirse cuando él no va a adoptar la resolución de fondo sobre las recusaciones planteadas contra la Sala;  y las meras actuaciones de trámite, que son la que ha llevado él en este caso como instructor, no pueden ser objeto de recusación.

“recusar a quien no va a resolver ni tomar decisión alguna resulta una maniobra que dilata la resolución de la propia recusación principal; (…) que debe resolver el órgano competente para ello, que es la propia Sala del art.61 LOPJ. Por lo que entra en las posibilidades de rechazo ‘a limine’ cuando la recusación es claramente insostenible”.

A pesar de que el Supremo rechaza unánimemente las recusaciones si admite al menos tres de ellas

Supremo rechaza unánimemente recusaciones contra magistrados que enjuiciaran causa del próces

La Sala ha inadmitido a trámite la recusación formulada por tres de los procesados en situación de rebeldía. (El expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y los exconsellers Lluis Puig y Clara Ponsatí); y ha desestimado las planteadas por los otros ocho, que se encuentran en prisión provisional. Aunque ya es un hecho que el Tribunal rechaza unánimemente  la posibilidad de la recusación.

El auto en el que se motiva la decisión será notificado en los próximos días.

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