TSJPV impone la primera sentencia el cual iguala el despido de trabajadores fijos y periódicos

En lo que concierne al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco podemos decir que se ha generalizado todo alcance para la reciente resolución que el Tribunal de Justicia de la EU ha logrado equiparar dentro de los derechos de cada trabajador con un contrato temporal al de cada empleado que tiene puesto fijo al momento de finalizar todo vínculo laboral.

Es así como esa sentencia dictada por la Sala de lo Social decreta una indemnización de unos veinte días hábiles por año para laborado para alguna trabajadora de la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias (Bio Euskal Fundazioa) el cual es dependiente del departamento de sanidad y que a pesar que se estima el contrato, de investigación, es el equivalente a un contrato para obra o algún servicio en concreto, aparte de más de tres años que tiene de vigencia, se trató de acto temporal. De esa manera, se incrementan de ocho días por año a vente días por año de la indemnización dada que se fija en 5.337,78 euros.

Se trata de una resolución la cual responde a cada recurso en contra de la sentencia que fue pautada pro el mismo Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao en donde se había desestimado toda demanda de la empleada. Ahora mismo el TSJPV acepta que el ajuste del derecho de la temporalidad del contrato, pero que logrando hacer eco de la equivocación por parte del Tribunal de Justicia de la UE en el pasado 14 de septiembre, comprende que la indemnización debe de ser la misma que debiese tener un empleado fijo despedido por motivos objetivos.

Nada más toca esperar como se va desenvolviendo cada acto por parte del Tribunal y el TSJPV para futuras propuestas y ver de qué forma irán desarrollando su plan para cada trabajador en lo que queda de año.