CGAE pide la suspensión en el empleo del IVA a la Justicia Gratuita

CGAE se pone en acción en referencia a la Justicia Gratuita. La Comisión Permanente del Consejo General de la Abogacía Española congregada en Barcelona el viernes 17 de febrero de 2017. Cuyo propósito era abordar un ajuste en el criterio de la Agencia Tributaria el cual decreta toda aplicación del IVA.

Se recuerda que se estaría aplicando al Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita donde señalan:

El Consejo General de la Abogacía Española señala su inquietud por el ajuste en el criterio interpretativo. Todo ello dirigido a la Ley del IVA por parte de la Dirección General de Tributos. Estos se ponen en peligro debido al sistema público vigente que todavía asegura la entrada a la Justicia. Todo ello en contexto de igualdad para cada civil como una estructura organizada y única en Europa.

Tener en cuenta la abogacía donde es una obligación la de asegurar una buena prestación continuada por el Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita. Asimismo, incluye al derecho e la tutela judicial eficaz de esas que carecen de varios recursos para la litigación. Es una obligación la cual se transforma en un servicio del sistema público en la asistencia jurídica gratuita. Todo fue llevado a cabo por diversas reglas en la administración y con una disciplina pública. Con tal contexto en la naturaleza pública y obligada, toda prestación por los abogados en el Turno de Oficio de Justicia Gratuita no se vincula al IVA.

Toda Agencia Tributaria ha ido ajustándose al criterio en cuanto a la aplicación del IVA al Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita. Todo para una mejor sentencia por parte del Tribunal de Justicia de la UE con el asunto C-534/16. Es la que se encarga de cuestionar el sistema fiscal existente en Bélgica, el cual se fundamenta en el régimen de naturaleza diferente a un modelo público español.

Todo y mientras no se vaya declarando de manera exacta la no sujeción al servicio del IVA. El Consejo General de la Abogacía Española ha pedido la suspensión del nuevo criterio de interpretación de la Dirección General de Tributos. Todo ello para impedir los perjuicios a cada civil y abogado adscrito al Turno de Oficio.