Sentencia sobre plusvalía, desestimado el recurso de casación interpuesto contra tribunal de Aragón

Sentencia sobre plusvalía, desestimado el recurso de casación interpuesto contra tribunal de Aragón

Respecto a la sentencia sobre plusvalía; emanada por la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. la  Sala Tercera del Tribunal Supremo; este lunes 9 de julio, ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra dicha sentencia. Además de determinar su alcance y la interpretación en caso de su vulneración.

La ponencia de la sentencia sobre plusvalía, ha estado a cargo del magistrado Ángel Aguallo; quien interpreta el alcance de la declaración de inconstitucionalidad contenida en la STC 59/2017. Considera, por una parte, que los artículos 107.1 y 107.2 a; del TRLHL, a tenor de la interpretación. Que debe darse al fallo y fundamento jurídico 5 de la STC 59/2017, “adolecen solo de una inconstitucionalidad y nulidad parcial”.

En este sentido, son constitucionales y resultan, pues, plenamente aplicables; en todos aquellos supuestos en los que el obligado tributario no ha logrado acreditar, y no ha puesto de manifiesto; un incremento de su valor o, lo que es igual, una capacidad económica susceptible de ser gravada con fundamento en el artículo 31.1 CE”.

De otra parte, entiende que “el artículo 110.4 del TRLHL; sin embargo, es inconstitucional y nulo en todo caso (inconstitucionalidad total). Debido a que, como señala la STC 59/2017; “impide a los sujetos pasivos que puedan acreditar la existencia de una situación inexpresiva de capacidad económica (SSTC 26/2017, FJ 7, y 37/2017, FJ 5)’”.

En virtud de esta nulidad total del artículo 110.4 del TRLHL; la que, de acuerdo con la Sala Tercera, “posibilita que los obligados tributarios puedan probar, desde la STC 59/2017, la inexistencia de un aumento del valor y, en caso contrario, es la que habilita la plena aplicación de los artículos 107.1 y 107.2 a) del TRLHL”.

Parámetros que rigen la sentencia sobre plusvalía

Sentencia sobre plusvalía, desestimado el recurso de casación interpuesto contra  tribunal de Aragón

El tribunal, en relación con la prueba de la inexistencia de una plusvalía real y efectiva obtenida en la transmisión del terrero; considera  en primer lugar. Que corresponde “al obligado tributario probar la inexistencia de incremento de valor del terreno onerosamente transmitido”; en segundo término, que para acreditar que no ha existido la plusvalía gravada por el IIVTNU “podrá el sujeto pasivo ofrecer cualquier principio de prueba, que al menos indiciariamente permita apreciarla”.

Finalmente, considera el tribunal que en la medida en que; la existencia de una plusvalía, real y efectiva, resulta perfectamente constatable. Sobre la base del empleo de los medios de comprobación que establece la Ley General Tributaria en los artículos 105 y siguientes. Medios que permiten rechazar que la norma autorice a la Administración; para decidir con entera libertad el valor real del terreno onerosamente transmitido. No existe vulneración de la reserva de ley tributaria; recogida en los artículos 31.3 y 133.1 CE, ni quiebra alguna del principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE).

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